La investigación por el femicidio de Agostina Vega avanza hacia un debate oral y público. El magistrado Juan Manuel Fernández López desestimó las oposiciones presentadas por las defensas y la querella y dejó firme el requerimiento fiscal para llevar a juicio a Claudio Gabriel Barrelier y a seis coacusados.

Barrelier afrontará cargos de abuso sexual con acceso carnal y homicidio triplemente calificado por alevosía, criminis causa y violencia de género, en perjuicio de Vega. Además, se agregó la acusación de privación ilegítima de la libertad agravada y la tentativa de abuso sexual agravado por arma contra Milagros Melgarejo.

Los otros cinco imputados irán a juicio por encubrimiento agravado, en las figuras de favorecimiento personal y real: Marianela Soledad Palmero, Osvaldo Miguel Fassetta, Soledad Andrea Andreani, Eugenia Ludmila Ascarruz y Matías Jesús Córdoba. La resolución ratifica que Barrelier tuvo una participación directa en los hechos centrales y que el resto de los involucrados colaboró para ocultar el crimen.

Entre los fundamentos del fallo, el juez enfatizó vínculos y maniobras específicas desplegadas tras el hecho. A Andreani se le atribuye haber cedido el automóvil posiblemente utilizado para trasladar los restos, además de haber lavado prendas y haber limpiado el vehículo. A Fassetta se le atribuyen comunicaciones reiteradas con el acusado para informarle sobre el avance de la búsqueda. En tanto, Palmero, Córdoba y Ascarruz habrían estado presentes en el domicilio, ocultando datos decisivos y suprimiendo pruebas relevantes para peritos.

La querella del padre de la víctima había pedido ampliar la imputación contra Palmero y ampliar la actuación contra otras dos personas, Viviana Estela Brizuela y Mario Alberto Muñoz. El juez rechazó ese planteo, aunque dejó asentado que la investigación contra esos individuos podría reabrirse de forma inmediata si surgieran nuevos elementos durante el desarrollo del debate oral.

En conjunto, la resolución marca el inicio del juicio oral y público para Barrelier y los cinco imputados por encubrimiento, consolidando la definición de responsabilidades penales en sede judicial a partir de las pruebas que se presenten durante el proceso.