El Gobierno formalizó un endurecimiento de las Reglas de Protección Aeroespacial para reforzar la seguridad durante la visita del Papa León XIV a la Argentina, prevista entre el 8 y el 11 de noviembre. La medida está plasmada en el decreto 1334/2026, publicado en el Boletín Oficial, y llevó las firmas del presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Diego Santilli, y el ministro de Defensa, Carlos Presti. Además, la norma delega en el titular de Defensa la facultad de aprobar el uso de la fuerza durante ese periodo, sin posibilidad de transferir esa autoridad.
El Ejecutivo sostuvo que la presencia de autoridades nacionales y extranjeras, junto con las grandes concentraciones de público previstas en Buenos Aires, Córdoba y Luján, requieren una protección reforzada de personas e instalaciones de valor estratégico.
La autorización para derribar aeronaves no se activa por el simple incumplimiento de controles aéreos: antes debe agotarse un proceso de identificación, interceptación, advertencia y orden de aterrizaje, y debe confirmarse un acto hostil.
Según el decreto, se considera hostil una situación en la que se produzca un ataque armado o se dé el uso –o la amenaza inminente de uso– de una aeronave u otro medio aéreo contra personas, intereses vitales de la Nación u objetivos estratégicos. Para declararlo, se exigirán indicios objetivos, como el empleo de armamento o la persistencia, tras las advertencias, de una trayectoria, altura o velocidad compatibles con un ataque.
La declaración de hostilidad quedará a cargo del comandante conjunto aeroespacial, Almirante Marcelo Alejandro Dalle Nogare, quien deberá comunicarla de inmediato al ministro de Defensa y a los medios que intervengan en el operativo. La ejecución de la fuerza requerirá la aprobación del ministro y deberá realizarse con medios militares bajo su mando, adoptando precauciones para minimizar daños en superficie.
La norma establece condiciones adicionales para aeronaves civiles: solo podrían ser alcanzadas por la medida ante un ataque armado o una amenaza inminente y cierta contra la vida de las personas que no pueda neutralizarse por otros medios. Si la aeronave simplemente desobedece, la respuesta se limitará a interceptación y orden de aterrizaje.
El decreto enmarca estas medidas en el ámbito de la defensa nacional frente a agresiones externas, dejando fuera de su alcance a aeronaves de origen interno, que seguirán reguladas por la normativa vigente vigente.



